domingo, 24 de febrero de 2013

Ley 1098: Código de Infancia y adolescencia. Colombia

Ley 1098: Código de Infancia y adolescencia

Por la cual se expide el código de Infancia y adolescencia




Artículo 1. FINALIDAD. Este Código tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna.


CONTENIDOS
LEY 1098 de 2006 “por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia”

LIBRO I. La Protección Integral
Título I. Disposiciones Generales 
Capítulo I. Principios y Definiciones
Capítulo II. Derechos y Libertades.
Título II. Garantía de Derechos y Prevención
Capítulo I.  Obligaciones de la Familia, la Sociedad y el Estado
Capítulo II. Medidas de Restablecimiento de los Derechos
Capítulo III. Autoridades Competentes para el Restablecimiento de los Derechos de los Niños, las Niñas y los Adolescentes
Capítulo Iv. Procedimiento Administrativo y Reglas Especiales 
Capítulo v. Procedimiento Judicial y Reglas Especiales

LIBRO II. Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes y Procedimientos Especiales para cuando los Niños, las  Niñas o los Adolescentes son víctimas de Delitos.
Título I. Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes y  otras disposiciones 
Capítulo I. Principios Rectores y Definiciones del Proceso.
Capítulo II. Autoridades y Entidades del Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes.
Capítulo III. Reparación del Daño .
Capítulo Iv. Sanciones .
Título II. Capítulo Único. Procedimientos Especiales cuando los Niños, las Niñas o los Adolescentes son víctimas de Delitos.

LIBRO III. Sistema Nacional de Bienestar Familiar, Políticas, Públicas e Inspección, vigilancia y control.
Capítulo I. Sistema Nacional de Bienestar Familiar y Políticas  Públicas de Infancia y  adolescencia .
Capítulo II. Inspección, vigilancia y Control .
Capítulo III. Disposiciones Finales.